Infraviviendas (CERRADO)

El objeto del presente programa es mejorar las condiciones de habitabilidad de aquellas viviendas situadas en zonas urbanas declaradas de infravivienda.

Las personas beneficiarias de este programa percibirán:

  • Asistencia técnica para la redacción del proyecto o documentos técnicos necesarios y para la dirección de las obras.
  • Una subvención por el importe del presupuesto de ejecución de las obras, hasta un máximo de 30.000 euros por vivienda.
  • Posibilidad de solicitar un préstamo cualificado para propietarios que promuevan mediante este programa actuaciones de rehabilitación integral en áreas de Rehabilitación de Barrios y Centros Históricos y se actúe en inmuebles cedidos en alquiler o desocupados.

Para más información, puede consultar la Sección 2ª del Capítulo VII, del Título II, del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012. Asimismo, desde Emvipsa les informaremos de los plazos previstos para acogerse a esta línea de subvención otorgada por la Junta de Andalucía y de aquellos trámites necesarios para ser beneficiario del programa.

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